La sección segunda de la Audiencia de Alicante ha confirmado la condena a una mujer por usar una manguera para sustraer el agua de sus vecinos aprovechando su ausencia y llenar su propia piscina. La sala de esta forma rechaza el recurso de la condenada contra la sentencia de primera instancia que le impuso 840 euros de multa y una indemnización de 1.125 euros en concepto de responsabilidad civil por un delito de defraudación de agua, una pena que mantiene. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2009 cuando, según los hechos considerados probados, la mujer, propietaria de una vivienda en Els Poblets (Alicante), «con ánimo de obtener un ilícito lucro procedió, directamente o a través de terceras personas, pero con su conocimiento y consentimiento, a colocar una manguera en la salida de agua de la vivienda colindante, para a continuación extraer agua durante varios días llenando así su piscina y realizando operaciones de limpieza a presión». El juicio por estos hechos permaneció paralizado durante dos años y cuatro meses «por motivos ajenos a las partes». La mujer interpuso un recurso contra la sentencia sobre la base de que su vecina no había justificado haber abonado «la factura de agua reclamada» y porque «no quedó acreditada la actividad ilícita, en concreto, el apoderamiento de agua de la instalación de la vivienda unifamiliar continua». En esta línea, argumentaba que la denunciante no había presenciado los hechos al residir fuera de España. Para condenar a la vecina denunciada, el juez de primera instancia tuvo en cuenta las declaraciones de dos vecinos, uno de ellos que vio una manguera desde la casa de la perjudicada hasta la de la acusada durante varios días, y otro que, además concretó que en ese tiempo había observado labores en la vivienda en las que se usaba gran cantidad de agua y el llenado de la piscina. La sala recalca que en este caso, al analizar las declaraciones de los testigos, se debe tener en cuenta que los hechos sucedieron en diciembre de 2009 y el juicio no tuvo lugar hasta 2014, por lo que no se puede exigir un «recuerdo preciso del hecho», además de que ambos testimonios se enlazan y se conectan en esas fechas con la ausencia de la perjudicada, el desmesurado consumo del agua y los trabajos realizados en la propiedad de la acusada, por lo que llegó a la convicción de que realizó el trasvase del agua o lo autorizó a terceros en su propio beneficio. Por ello, desestima el recurso en un caso en el que considera que entre los hechos y el juicio transcurrió un tiempo excesivo pero no «desmesurado» por lo que entiende conforme la aplicación de dilaciones indebidas, aunque no muy cualificada. FUENTE: LAS PROVINCIAS
-
Siguiente Noticia
Pruebas de ADN contra los propietarios incívicos de perros
Añadir un comentario
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.