Los propietarios dispondrán de un máximo de cinco años para reclamar el cumplimiento de un contrato
Los propietarios dispondrán de cinco años para reclamar el cumplimiento de un contrato tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil el pasado octubre, según el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas. Este plazo, por lo tanto, se reduce en 10 años.
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