El Colegio de Administradores reclama «más divulgación» para informar a los vecinos de que las fincas de más de 50 años deben pasar una inspección
El Colegio de Administradores de Fincas de València y Castelló pide una mayor difusión de la obligación de contar con el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), para que las comunidades de vecinos de inmuebles con más de 50 años no se encuentren con la sorpresa de tener que cumplir con el trámite, del que existe un gran desconocimiento en la actualidad, aseguran.
No obstante, a pesar de que el plazo de tiempo es cada vez más corto, menos del 10 % de edificios con estas características en la Comunitat Valenciana cuentan con el informe, es decir, 7.917 de unos 94.000, según cálculos de la Conselleria de Vivienda y Obras Públicas; y el cumplimiento de la normativa solo lo exigen ocho municipios valencianos.
«La realidad es que todavía la gran mayoría de comunidades de propietarios no lo han hecho; falta más divulgación», apunta José Sales, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de València y Castelló. La Administración tiene que «divulgar y exigir que estos informes se realicen», afirma, y recuerda que la Generalitat y los ayuntamientos «tienen las competencias». «Quizás se puede echar en falta que las administraciones hagan un recordatorio, igual que pasa con la ITV», propone.
Por su parte, Sales asegura que los administradores colegiados sí informan a los propietarios de esta obligación y les ofrecen varios presupuestos para que los vecinos decidan cuál se ajusta mejor a sus necesidades. Además, insiste en que «no hay ningún tipo de problema» a la hora de pedir este informe, ya que basta con contactar con algún técnico cualificado.
El presidente del Colegio de Administradores también cree que en España «falta cultura del mantenimiento» y en los edificios solo se actúa «en caso de rotura o accidente». «Tenemos la obligación de mantener los edificios en buen estado de conservación, porque eso redunda en la seguridad de nuestras casas», recuerda.
El IEE, antes ITE (Inspección Técnica de Edificios) analiza el estado de los edificios, y su nivel de conservación y de cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, además del grado de eficiencia energética.
Siempre a petición de la comunidad de propietarios, deben realizarlo técnicos facultativos (con titulaciones académicas y profesionales que habiliten para la redacción de proyectos y dirección o ejecución de obras), o entidades de inspección registradas. Este estudio -que tiene una validez de diez años, o menor en caso de que así lo regulara la Generalitat- debe incluir todos los locales y viviendas que forman parte del mismo edificio o complejo inmobiliario.
Antes de julio de 2018 deben contar con él todos los inmuebles plurifamiliares que en 2013 ya tuvieran 50 años -ahora 54-. De no ser así «en el plazo expresamente establecido», la ley estatal lo considera una «infracción urbanística».
La conselleria de Vivienda y Obras Públicas ha incluido esta obligación estatal en el proyecto de reforma de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup), y la ha ampliado a todos los edificios construidos antes de 1967, no solo a los plurifamiliares.
Para ello, próximamente hará público un calendario que, teniendo en cuenta la antigüedad, determinará el plazo que tienen los edificios para disponer del informe de «forma progresiva». El resultado de la inspección debe ser notificado a los ayuntamientos, y estos lo incluirán en un registro autonómico, que también ultima la conselleria y que el anterior Consell no puso en marcha a pesar de que así lo dicta el decreto de 2015.
Fuente: levante-emv.com
Autor: Miriam Bouiali
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