La Sala de lo Civil anula dos sentencias condenatorias y ampara el insulto como parte de la libertad de expresión. Cuatro años atrás, en la reunión de una junta vecinal en Molins de Rei, provincia de Barcelona, saltaron chispas. Un intercambio de reproches entre la presidenta y su predecesor en el cargo a cuenta de sus respectivas gestiones caldeó la reunión. Tanto, que reventó. “Ladrón”, le replicó ella al concluir. “Mentirosa, morosa”, le había interpelado en repetidas ocasiones el expresidente, que arrancó la pelea e interrumpió con sus comentarios la junta de propietarios. La bronca se produjo el 26 de octubre de 2017. Terminada la reunión, se enfrentaron cara a cara. El uno al otro se acusaron de corrupción. Un juzgado dio en enero de 2020 la razón al hombre, que la había demandado por daño al honor. Reclamaba 3.000 euros de indemnización. La Audiencia Provincial de Barcelona denegó el recurso de la presidenta y confirmaba la sanción, 1.000 euros de multa. El Tribunal Supremo ha dado un vuelco al caso. Confidencial Digital ha consultado una sentencia que revoca las dos resoluciones previas y cancela la sanción a la condenada en primera instancia. Libertad de expresión, razonan los magistrados.
Importa menos el derecho al honor
La Sala de lo Civil argumenta en la sentencia, de 1 de diciembre, que el insulto utilizado por la demandada se produjo a raíz de un “rumor conocido y extendido entre los vecinos”. Al parecer, los inquilinos cuchicheaban que el anterior jefe de la comunidad se habría apropiado de un dinero destinado a acometer unas obras en la comunidad. Ese rumor, “aunque no haya sido confirmado”, circulaba en el ambiente, era “de interés general”. Decide la Sala que la libertad de expresión prevalece sobre el derecho al honor, al contrario de lo dictaminado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 2 de Sant Feliu de Llobregat y, tras el recurso de apelación, por la Audiencia de Barcelona. “El calificativo usado no hace referencia a la esfera personal” del demandante, “sino a su actuación como presidente durante los años anteriores”, desde abril de 2013 hasta agosto de 2017. Y agrega: “Tal expresión, sin duda desafortunada, excesiva y ofensiva, fue proferida en una sola ocasión, frente a la reiteración de las dirigidas” por el hombre, que usó “términos descalificadores y hostiles”. Para el alto tribunal, ‘mentirosa’ y ‘morosa’ son palabras ofensivas pero menos gruesas que ‘ladrón’.
El hombre no fue marginado
Los magistrados manifiestan que el demandante, que había dado el relevo a la mujer en el mando de la junta, “continuó haciendo su vida normal” a pesar de haber recibido el insulto, “sin que se hubiera acreditado ninguna limitación para actuar como vecino ni ningún trato diferente por parte de los demás comuneros”. Con todo, el hombre no padeció, añaden, ninguna discriminación, “descrédito o desmerecimiento”. Y puntualizan que el insulto ‘ladrón’ no solo califica a quien hurta o roba algo, sino que tiene una definición “coloquial”, “absolutamente inapropiada, pero muy general”, que se utiliza cuando existe una sospecha o crítica hacia alguien. En definitiva, ‘ladrón’ no identifica en exclusiva al ladrón común. Antonio García, el magistrado ponente de la sentencia, cree errónea la interpretación tanto de la Audiencia como del juzgado, que dieron prioridad al derecho al honor. Señala que la crítica a los representantes públicos que son cuestionados por temas relevantes para un grupo acepta un mayor grado de tolerancia. No obstante, apunta, “no se trata de que el derecho de réplica legitime el insulto. Lo que exige el juicio de proporcionalidad es tener en cuenta todas las circunstancias concretas”. A tenor de los hechos toma “especial valor como inadecuado” el comportamiento del expresidente. En la reunión, él propició el choque, que “debilita el derecho al honor”. El alto tribunal expone que el demandante tuvo la oportunidad de denunciar el insulto, proferido por la demandada en una sola ocasión, sin tener por qué entablar una disputa delante del resto de los vecinos. O sea, le hubiera valido con dar parte a la justicia. No fue así. Ambos estuvieron a punto de llegar a las manos. Fuente: elconfidencialdigital.com
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