Se depositarán «exclusivamente» en el contenedor de fracción resto, el de las colillas o pañales
Los residuos procedentes de hogares con positivo o en cuarentena por COVID-19 se tendrán que depositar «exclusivamente» en el contenedor de fracción resto -el de las colillas, pañales o residuos de la limpieza doméstica- y tras su recogida irán a «incineración, preferiblemente, o a vertedero». Así lo indica una disposición general del Ministerio de Sanidad publicada este domingo en el Boletín Oficial del Estado por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; que también especifica que queda «terminantemente prohibido» depositar tales bolsas en los contenedores de recogida separada (orgánica, envases, papel, vidrio o textil) o su abandono en el entorno o en la vía pública. Según recomienda Sanidad en esta disposición general, los residuos del paciente, incluido el material desechable utilizado por la persona enferma (guantes, pañuelos, mascarillas), se han de eliminar en una bolsa de plástico (bolsa 1) en un cubo de basura dispuesto en la habitación, preferiblemente con tapa y pedal de apertura, sin realizar ninguna separación para el reciclaje. La bolsa de plástico (bolsa 1), añaden, debe cerrarse adecuadamente e introducirse en una segunda bolsa de basura (bolsa 2), al lado de la salida de la habitación, donde además se depositarán los guantes y mascarilla utilizados por el cuidador, y se cerrará adecuadamente antes de salir de la habitación. La bolsa 2, con los residuos anteriores, se depositará con el resto de los residuos domésticos en la bolsa de basura (bolsa 3) correspondiente al cubo de fracción resto. Inmediatamente después se realizará una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos. La bolsa 3 cerrada adecuadamente se depositará exclusivamente en el contenedor de fracción resto (o en cualquier otro sistema de recogida de fracción resto establecido en la entidad local). Además, según esta nueva orden, se podrán establecer recogidas diferenciada de las bolsas procedentes de centros/lugares donde se dé un elevado nivel de afectados por COVID-19, como son residencias u hoteles hospitalizados, mientras dure la crisis sanitaria, dado el «elevado nivel» de generación de residuos asociados. Estas bolsas se identificarán externamente (por ejemplo, mediante cinta aislante o similar) y se depositarán conforme a lo que establezcan las autoridades responsables de la recogida de residuos. Así, las medidas establecidas para estas bolsas indican que no se procederá «en ningún caso» a su apertura manual en instalaciones de recogida ni de tratamiento, que se destinarán a incineración, preferiblemente, o a vertedero. En caso de que sea necesario, las instalaciones industriales de fabricación de cemento autorizadas para coincinerar residuos deberán proceder a la incineración de la fracción resto a requerimiento de las autoridades competentes. En cuanto a la gestión de los residuos procedentes de hogares sin positivo o en cuarentena por COVID-19 ésta continuará realizándose del modo habitual conforme a la normativa ordinaria de gestión de residuos. Asimismo, los residuos en contacto con COVID-19 procedentes de hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorios, o de establecimientos similares, así como de aquellos derivados de la desinfección de instalaciones ( como guantes, mascarillas o batas) se considerarán como «residuos infecciosos» y se gestionarán como tales, según lo dispuesto para los mismos en la regulación autonómica sobre residuos sanitarios. «Se deberá maximizar el llenado de los contenedores disponibles en estos centros para cada uno de los tipos de residuos generados, evitando entregarlos a los gestores autorizados sin optimizar su capacidad, de forma que se logre así una gestión lo más eficiente posible», indica la disposición general. Fuente: levante-emv.com Fuente imagen: levante-emv.com
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