La Audiencia de Córdoba ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a un guardia civil que interpuso hasta cuatro denuncias falsas por conducción temeraria al administrador de su comunidad de vecinos porque no había aceptado una propuesta suya en una asamblea.
Con motivo de una discrepancia que se produjo en la comunidad de propietarios donde vivía, el guardia civil decidió investigar datos sobre titularidad de vehículos del administrador del bloque «con la intención de formular boletines de denuncias por inexistentes infracciones de tráfico», señala la sentencia.
Considera probado que el agente consultó en la intranet de la Guardia Civil en agosto de 2010 los vehículos de administrador de la comunidad de vecinos, tras lo cual tramitó cuatro denuncias por las que la víctima debía pagar 7.050 euros por infracciones por conducción temeraria, algunas de ellas en fechas y horas en las que quedó acreditado que el hombre estaba en su puesto de trabajo.
El tribunal fundamenta su condena en que hasta la propia directora general de Tráfico revocó las sanciones interpuestas por el guardia civil al hombre porque no llegó a identificarse al conductor del vehículo.
«Hubiera bastado una llamada a la central para identificar al conductor, pero no hubo gestiones», declaró un agente de la autoridad encargado de investigar los hechos.
Asimismo, el propio comisario jefe del puesto de la comandancia donde trabajaba el acusado declaró en el juicio que «no es normal denunciar cuatro veces a la misma persona», más aún cuando en una de las denuncias el guardia civil estaba en ese momento instruyendo otro atestado.
Además, la sentencia considera que la conducta «reivindicativa» del acusado, que llegó a formular una reclamación con asistencia jurídica contra el administrador de fincas por la disputa en la comunidad vecinal, «estaría en sintonía con una conducta de represalia».
Por ello, el tribunal ha considerado al guardia civil responsable de la comisión de un delito de falsedad documental y lo ha condenado a cuatro años y medio de cárcel y a la inhabilitación para el ejercicio de cargo público durante otros cuatro años. Fuente: eldia.es
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